martes, 23 de febrero de 2010

Cumplimiento del Reglamento General de Ferrocarriles (1905)

Norma legal que pertenece a la Compilación de Leyes, Reglamentos y Resoluciones publicados por el Ministerio de Fomento del Perú en 1907. 

El documento guardado en la Biblioteca de Leyes de Harvard, ha sido digitalizado por Google, como parte de un proyecto que pretende poner en línea libros antiguos de todo el mundo, para que sean de dominio público, considerando que los derechos de autor ya han expirado.

El texto que se presenta a continuación muestra como los carros eléctricos, llamados también "ferrocarriles eléctricos" son normados a través del Reglamento General de Ferrocarriles:

Cumplimiento de los artículos 87, 109 y 22 del Reglamento General de Ferrocarriles 

Lima, 21 de julio de 1905.

Siendo necesario precisar la manera como los ferrocarriles eléctricos deben cumplir con los artículos 87, 109, y 22 del Reglamento General de Ferrocarriles, tendentes á dar las seguridades necesarias al tráfico;

Se dispone:

— El servicio diario para el público, no podrá comenzar por ningún motivo sino después de que el jefe de tráfico haya recibido aviso télefónico de que la línea está perfectamente franca; á cuyo efecto se despachará todos los días un carro de inspección que llevará velocidad moderada, y en el que sólo irán los empleados necesarios para el objeto de este viaje del cual se dejará la respectiva constancia.

— Los motoristas estarán obligados antes de comenzar el servicio y después de cada viaje á dejar constancia en un libro especial que se llevará en las estaciones terminales, que el freno de aire de sus carros funciona bien.

- En el término máximum de 15 días se colocarán los postes de anuncio que prescribe el artículo 122 del Reglamento General de Ferrocarriles en las curvas y demás lugares en que el tráfico de los carros deba hacerse con precauciones especiales.

Regístrese, comuniqúese y publíquese.

Rúbrica de S. E.

Balta.

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